¿Qué Servidores públicos deben presentar la declaración de bienes y rentas periódicas?

junio 11, 2024 / Tecnología

Esta obligación está establecida en el Artículo 2.2.16.3 del Decreto Nacional 484 de 2017, modificado por el Decreto 1082 de 2021, el cual establece que los servidores públicos del orden territorial deben presentar la declaración de bienes y rentas al tomar posesión del cargo, anualmente y al finalizar el período de ejercicio.

¿Quiénes deben presentar la declaración de bienes y rentas periódicas?

  • Gobernadores y alcaldes.
  • Secretarios de despacho y jefes de departamento administrativo.
  • Directores de entidades descentralizadas.
  • Rectores de universidades públicas.
  • Gerentes de empresas industriales y comerciales del Estado.
  • Los demás servidores públicos que manejen fondos o bienes públicos.

¿Cuándo se debe presentar la declaración de bienes y rentas periódicas?

  • Al tomar posesión del cargo: Dentro de los tres (3) meses siguientes a la posesión.
  • Anualmente: Dentro de los dos (2) primeros meses de cada año.
  • Al finalizar el período de ejercicio: Dentro de los dos (2) meses siguientes a la terminación del cargo.

¿Cómo se presenta la declaración de bienes y rentas periódicas?

La declaración de bienes y rentas periódicas se debe presentar a través del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP II), en la plataforma electrónica dispuesta por la Función Pública.

¿Qué información se debe incluir en la declaración de bienes y rentas periódicas?

La declaración de bienes y rentas periódicas debe incluir la siguiente información:

  • Datos personales del servidor público: Nombre completo, número de cédula de ciudadanía, dirección de residencia, teléfono, correo electrónico.
  • Bienes: Inmuebles, vehículos, depósitos bancarios, inversiones, participaciones en sociedades, deudas.
  • Rentas: Sueldos, salarios, honorarios, dividendos, intereses.
  • Actividades económicas privadas: Si el servidor público desarrolla actividades económicas privadas, debe declararlas en este apartado.

¿Qué pasa si un servidor público no presenta la declaración de bienes y rentas periódicas?

El no presentar la declaración de bienes y rentas periódicas puede acarrear las siguientes sanciones:

  • Multa: Hasta por cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Suspensión del cargo: Hasta por seis (6) meses.
  • Inhabilidad para ocupar cargos públicos: Hasta por diez (10) años.

Para obtener más información sobre la declaración de bienes y rentas periódicas, puede consultar los siguientes recursos:

 

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